2005-09-22

Zaldibian Amundarain eta Urtxubi ibaien bideratzeko lanak

Kartel

Eusko Jaurlaritza.- Lurralde Antolamendu eta Ingurumen Saila.- Gipuzkoako Lurralde Bulegoa
Lana: Zaldibian Amundarain eta Urtxubi ibaien bideratzeko lanak
Erakitzailea: U.T.E. Arkaitza. S. A. – Arian
Inbertsioa: 1.018.008,41 €
Finantzatzailea: % 100 Eusko Jaurlaritza
Diru publikoa dela eta, Urtxubi eta Amundarain ibaien ubideak uholdeak saihesteko asmotan birmoldatzeaz gain, proiektu honek jabetza publikoa berreskuratzea helburua eduki behar zuen. Proiektu honen garapenak zenbait kasutan, egoera konpondu ordez, interesgune pribatuak kontsolidatzen ditu.
Zaldibian otsoa artzai? informazio gunea esparru honetan jabetza publikoaren egoera ezagutzeko asmoarekin sortua izan da. Helburu honekin parte hartu nahi baduzu, zure dokumentuak eta datuak helbide elektroniko honetara bidal itzazu:
OtsoaArtzai@gmail.com

Gobierno Vasco.- Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.- Oficina Territorial de Gipuzkoa.
Obra: Obras de encauzamiento de los ríos Amundarain y Urtxubi en Zaldibia
Empresa constructora: U.T.E. Arkaitza. S. A. – Arian
Inversión: 1.018.008,41 €
Financiación: % 100 Gobierno Vasco 100 %
Dado que la financiación es con dinero público, además de la modificación del encauzamiento de los ríos Amundarain y Urtxubi como medida contra inundaciones, este proyecto debería tener un segundo objetivo: recuperar el dominio público hidráulico ya que es un instrumento de intervención sobre el suelo. En vez de proponerselo, este proyecto en alguna de estas intervenciones consolida lo que la iniciativa privada ha ido detrayendo de él.
Zaldibian otsoa artzai? es un espacio informativo que quiere facilitar el conocimiento del estado actual del dominio público hidráulico como mejor forma de defenderlo. Si quieres colaborar con este objetivo, envía tus documentos y datos al siguiente correo eléctronico:
OtsoaArtzai@gmail.com

Defensa de dominio público; freno a intereses privados

Pasabidea
Ekimen pribatuaren presiopean administrazioak bere garaian lur sail publikoaren erabilera onartu zuen garaiko legearen bermearekin eta beste batzuen kalterik gabe. Ez genuke ezer esango Administrazioak bitarteko neutral bat bezala jokatuko balu, are gutxiago inguruko jabetzarengan galerarik eragin ez balu.

Zeharo desberdina izan da auzi hau; esate baterako kontutan hartzen badugu izandako uholdeak.

Diru publikoarekin egiten diren proiektuek ez dute kontutan hartzen nork eragin zuen arazoa, ezta Administrazioaren polítika bigunak eragindakoa bada ere, eta are gutxiago bere garaian ezarritako baldintzak bete erazterakoan ere; eta oraindik okerrago proiektu honetaz ez baliatzea manupe edo jabetza publikoa berreskuratzeko. Gainera diru publikoa erabiltzen denean negozio pribatuak laguntzeko.
Guzti honen ondorioa hauxe da , orain arte egoera hau pairatu dutenen gain dagoela gainera arazoaren konponbidea.Proiektu honek “ Urtxubi eta Amundarain ibaien ubideratze eta uholdeen aurkako babes proiektua indartu egiten du jabetza publikoaren erabilera pribatua, beste jabego pribatuen lepotik eta hauek leporatu konponbidea:
- 75 m2. desjabetze behartua, baratza erabilera duena baina egoitza lursoru hiritar izendapena duena,
- 80 m2. ko behin- behineko erabilera,
- Etxeari egiten zaion kaltea kaleko maila baino beherago uztearekin,
- Garajeari eta kotxeen sartu irteerari egiten zaion kaltea sortuko dituen zailtasunengatik,
- Etxe sarrera duin bat oztopatu,
- Etxekoen bizi kalitatean izan duen eragin txarra, jasan beharreko zarata eta hautsarengatik,
-Proiektu garapenaren atzerapenen aurrean bizi izan dugun babes eta laguntza eza; Urtxubiko lanen aurreikuspena 57 egunetakoa zen eta jadanik ( 05/09/22) 95 egun pasatu dira.
Guzti honen aurrean argi eta garbi esan genezake proiektu hau ez dela zuzena eta horregatik deritzogu Zaldibian otsoa artzai guk horrela bizi izan dugulako.
Pasabidea02

La administración en su día cedió el uso de terreno público bajo la presión de la iniciativa privada y lo hizo con las garantías que marcaba la ley y sin prejuicio de tercero. No tendríamos nada que decir si la administración actuara como un árbitro neutral, y menos todavía si no hubiera existido prejuicio en la propiedad colindante.
El caso ha sido muy distinto; ténganse en cuenta las inundaciones habidas, por ejemplo.
Cuando se trata de arreglar el problema provocado por las decisiones de una administración que cede a la política de hechos consumados, el proyecto de financiación con dinero público no tiene en cuenta quién provocó el problema; y menos aún busca hacer valer las condiciones bajo las que se concedieron el derecho al uso privativo de dominio público; y menos incluso utiliza el proyecto para recuperar este dominio público. Y más aún, este proyecto de financiación con dinero público ayuda a sostener negocios privados.
El resultado de todo ello es que la solución al problema se soporta en quienes han sufrido hasta hoy la aprobación de este uso privado de dominio público. El desarrollo del “Proyecto de defensa contra inundaciones y encauzamiento de los ríos Amundarain y Urtxubi en Zaldibia-Gipuzkoa” consolida el uso privativo de dominio público a consta de la propiedad privada colindante y de sus propietarios y grava sobre éstos tal solución:
  • - Expropiación forzosa de 75 m2. de terreno urbano residencial en calidad de huerta.
  • - Ocupación temporal de 80 m2. de de terreno urbano residencial en calidad de huerta.
  • - Afección a edificio al situarlo en cota inferior al nivel de la calle.
  • - Afección a la usabilidad de los garajes al dificultar la maniobra.
  • - Privación de acceso practicable a la vivienda.
  • - Afección al bienestar de los habitantes del edificio debido a

  • Ruidos: perforaciones, compresores, taladros, maquinaria
  • Polvo
  • Incomodidad del acceso sustitutorio
  • - Indefensión ante retrasos en el desarrollo del proyecto: tiempo previsto para las obras en el Urtxubi, 57 días en el proyecto; en el día de hoy, (05/09/22), ya han transcurrido 95 días.
Por todo ello, podemos afirmar con toda razón que este proyecto es injusto y que lo que para algunos pueda ser excesivo para nosotros es una realidad indiscutible: Zaldibian otsoa artzai .

2005-09-20

¿Existió tal acta de reconocimiento final de obras?

Arrese03
A la izquierda, parte de la casa construida sobre el cauce; detrás el solar en propiedad. A la derecha, en primer término, terraza de nueva construción; en segundo término, borda, integrada en la casa después de la última reforma, ¿levantada sobre terreno municipal?


Queremos exponer a la consideración de los interesados estos dos documentos públicos correspondientes a la fecha de 20 de octubre de 1975 y a la del 6 de octubre de 1997. En el primer caso se trata de oficio que advierte de la realización y presentación del acta de reconocimiento final de obra y el acta correspondiente; en el segundo, un certificado. Si leemos ambos documentos, advertimos que no concuerdan: si en el primero se deja constancia del final de las obras, en el segundo, posterior en el tiempo, no hay constancia de tal escrito. Entre las preguntas que podríamos formular se nos ocurren las siguientes: ¿Es falsa el acta? Léanse las condiciones bajo las que se concede la autorización del uso privativo de dominio público. ¿Incompetencia del funcionario? ¿Y el canon anual por ocupación de terreno público?
20 de octubre de 1975
“ASUNTO: Expediente de obras en la regata Urtxidi, en términos de ZALDIVIA (Guipúzcoa)
Adjunto se remite acta de reconocimiento final correspondiente a las obras que fueron autorizadas a DON JOSE Mª ARRESE en 10 de Enero de 1.975, para su aprobación si procede.
Por consiguiente puede devolverse la fianza del 1% depositada inicialmente en el expediente, y la del 2% depositada posteriormente por importe de 4.953.‑ Ptas. resguardo 2.17o‑35.538.
Asimismo procede la imposición de un canon por ocupación de terrenos de dominio público de 154 m2 x 5.‑Pts. 770.‑ Ptas. anuales.
No obstante lo cual esa Jefatura con su superior criterios procederá del modo más conveniente.
EL INGENIERO JEFE DE SECCION,”
«A C T A de reconocimiento final de las obras de cobertura de un tramo de la. regata Urtxidi y acondicionamiento de terrenos, que fueron autorizadas en 10 de Enero de ‑1.975, a D. JOSE MARIA ARAESE en término municipal de ZALDIVIA (Guipúzcoa).
Personados en Zaldivia (Guipúzcoa) Don Antonio Aguilar de la Relgeta, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, como Ingeniero Jefe de Sección de la Comisaria de Aguas del Norte de España, y Don Francisco Sainz Alvarez, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, afecto al mismo Servicio, procedieron al reconocimiento final de las obras que se mencionan en el encabezamiento, pudiendo comprobar que las mismas se ajustan sensiblemente al proyecto aprobado, con las siguientes modificaciones, todas ellas admisibles:
a) El estribo de la margen derecha se ha ejecutado de o,6o m. de espesor, según manifiestan, a fin de ocupar menos terrenos. A nuestro juicio puede admitirse esta modificación, ya que no afecte a la estabilidad de la obra.
b) El muro de la margen izquierda se ha prolongado, de acuerdo con nuestras instrucciones, en cinco metros para encauzar mejor las aguas.
c) Sobre parte de la zona cubierta se han instalado unas placas onduladas traslucidas sujetas por (?) dificación del condicionado de la resolución, puesto que solo es una obra accesoria para mejor uso de la terraza, cuya demolición no orearla dificultades si surjiera algún perjuicio de terceros.
Asimismo se ha podido comprobar que la cobertura ocupa una superficie total de 154 m2. que se descomponen en 52 m2. de edificio, 15 m2. de almacen, 69 m2. de terraza cubierta y 18 m2. libres.
Y para que asi conste y surta los efectos oportunos, se levanta y firma la presente Acta en Zaldivia, a veintiocho de Octubre de mil novecientos setenta y cinco.
Firmado: Antonio Aguilar y Francisco Sainz Alvarez ‑ Hay un sello en tinta violeta que dice: Comisarla de Aguas del Norte de España ‑ Zona Oriental – Vº. Bº. E1 Comisario Jefe ‑ Firmado: Antonio Dañobeitia Olondris ‑ Hay un sello en tinta violeta que dice: Comisario Jefe de Aguas del Norte de España ‑ Oviedo ‑
ES COPIA:
EL COMISARIO JEFE,”
6 de octubre de 1997
“JUAN JOSE DELGADO ZARDON, FUNCIONARIO AFECTO A LA CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE, JEFE DE NEGOCIADO EN LA COMISARIA DE AGUAS DEL ORGANISMO.
CERTIFICA:
PRIMERO.‑ Que según consta en el Archivo de la Comisaría de Aguas del Organismo, por O. M. de Obras Públicas de diez (10) de enero de mil novecientos setenta y cinco (1.975), ha sido autorizado D. José M'. Arrese Erausquin, para ejecutar obras de cobertura y canalización de un tramo del arroyo Urtxidi, en el término municipal de Zaldivia (Guipúzcoa), quedando legalizadas las obras de cobertura realizadas sobre parte del cauce y las del edificio construido sobre el mismo y el terreno natural de la margen derecha.
SEGUNDO.‑ Que examinado los documentos del expediente administrativo de que se trata, no consta el cumplimiento de lo dispuesto en la condición 5ª de la concesión, que obligaba al beneficiario de la misma, a comunicar el comienzo y terminación de los trabajos, a efectos de inspección y reconocimiento final de las obras, con levantamiento de acta, en la que necesariamente, además del cumplimiento de las condiciones y del resultado de las pruebas técnicas efectuadas, se haría constar la superficie ocupada de terrenos de dominio público, expresada en metros cuadrados, a los efectos de determinar el correspondiente canon establecido en la condición 14ª de las impuestas en la concesión.
<…>
Oviedo, a seis (6) de octubre de mil novecientos noventa y siete (1.997).”
Puedes consultar estos documentos digitalizados. Para ello, pulsa sobre los enlaces siguientes:
20 de octubre de 1975
Oficio, (98 KB)
Acta, primera página(104 KB), segunda página (92 KB)
6 de octubre de 1997
Certificado, (79 KB)

2005-09-15

¿Construida en terreno municipal?

Txabola
y Norte o trasera, limita con terreno concejil, hoy su aditamento.

Copiamos literalmente de una certificación obtenida en el Registro de la Propiedad de Tolosa:
“Viene del folio 5 vuelto, del tomo 330 del archivo, libro 9 de Zaldivia. Número de inscripciones, 13ª Herencia.
Urbana: Casa denominada Inchaurrondo o Inchaurreta número veintiocho de la calle Goenkale de la villa de Zaldivia, hoy número veintiuno de la calle Santa Fé de dicha villa. Consta de piso bajo y desván, hoy pisos bajo, primero y segundo; mide una superficie de veintidós estados, equivalentes a ochenta y cinco centiáreas; y confina por Este o izquierda, con la regata llamada Ursuerreka; Sur, fachada; y Oeste o derecha, con caminos; y Norte o trasera, con terreno concejil, hoy su aditamento. El aditamento de esta casa confina por Norte con terrenos de la villa; Sur, con la misma Inchaurreta o Inchaurrondo, hoy Santa Fé veintiuno; Este, con el rio; y Oeste, con caminos; mide de solar con inclusión de lo que ocupan los vuelos del tejad, cuarenta y tres metros cuadrados. La descripción precedente es la que según el título corresponde en la actualidad a la finca de este número habiéndose descrito nuevamente para su mayor claridad. […]”
Estamos hablando del edificio Arrese, (Udalerria: ZALDIBIA, Zona: 31, Erref. katastrala: 0801014 Finka: 3133663Q, Santa Fe Kalea, 47). Puedes consultar la información del catastro
Se nos ocurre una pregunta: ¿También lo que es un aditamento, en su día un almacén adosado al edificio y hoy integrado en él después de la reforma, está construido sobre terreno público? ¿Construido en terreno concejil o, dicho con otras palabras, en terreno público municipal?
La respuesta la tendremos que buscar en documentos públicos: las escrituras de la casa, por ejemplo.

Uholdeak, aurreko erabakien ondorio

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1983.ko abuztuaren 26-an, urak, bidea topatu ezinik, noraino harrotu ziren hormetan ikusten da.


Uholdeak
  • 1953.erako errekaren estaldura egina zegoen Zubimusun.
  • 1953.ko urrian, Zaldibian uholdeak izan ziren: Iturritzan, esate baterako, etxekoek kontatuta, urei lehenengo pisura heltzeko eskaileraren maila bat faltatu zitzaien.
  • 1955.otsailaren 16-an, jabari publikoaren lurraldeak erabiltzeko baimenaren eskaera, Jose Maria Arrese Erauskinek bultzatua, Ur Zerbitzuen Zuzendaritzak jasotzen du. Prozesu honetatik, Arrese etxea berreraikita izango da, bere lur azalaren heren bat erreka gainena eraikiz.
  • 1970.ko apirilaren 22-an, berriro Jose Maria Arrese Erauskinek bultzatua, ubidearen estaldura berria eta ibai hertzearen aldaketarako txostenaren informazio publikorako epea zabaltzen da. Prozesu honetatik, Arreseneko terraza eraikitzen da.


  • 1983.ko abuztuaren 26-an, Zaldibian berriro uholdeak izan ziren. Orduan ere ura ia lehengo pisuraino iritsi zen.
Azalpen hauekin, iritzia eman baino gehiago datuak azaltzea nahiago izan dugu irakurleak berak, hala nahita, datu hauetatik hausnarketaren bat aterako duelakoan.
Interes pribatuak babesteagatik, orain arteko egoera kritikoa zen. Horren adierazle
"Amundarain eta Urtxubi ibaien bideratzeko lanak" txostenaren gehigarrian aipatzen dena:
“AVENIDA EXTRARDINARIA (Caudal de diseño)
El trama del Urtxubi circula en régimen supercrítico, de nuevo por las pendientes elevadas del mismo, el resalto se produce antes de llegar a la zona del Arrese que ya no tiene capacidad para absorber todo el caudal.
Con este caudal se producen desbordamientos a ambos mágenes poco después de la casa Vikario.
<…>
La única salida que le queda al desbordarse ene l Arrese es salir por encima de la cobertura que tiene una anchura de cinco metros, la lámina (de agua) en este punto está dos metros por encima de la rasante por lo que la inundación resulta muy peligrosa.
Una vez atravesado este punto crítico el agua se expande volviendo al cauce y bajando por la calle principal de Zaldibia inundando el mismo.”
Proyecto de defensa contra inundaciones y encauzamiento de los ríos Amundarain y Urtxubi en Zaldibia-Gipuzkoa.- Anejo nº 4, página 42.


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2005-09-13

Arrese: depredación de dominio público.

Arrese01

Parte de Arrese construido en dominio público; entre dominio público hidráulico y municipal, unos 160 m2, aproximadamente.

Ministerio de Obras Públicas
4047 Resolución de la Dirección de Obras Hidráulicas por la que se hace pública la autorización otorgada a don José Arrese Erausquin, para cubrir un trama del arroyo Urtxidi, en término municipal de Zaldibia (Guipúzcoa), y la legalización de las obras ya ejecutadas con el fin de utilizar los terrenos del cubrimiento […] para un mejor desenvolvimiento de las actividades del bar de su propiedad.
Este Ministerio ha resuelto autorizar don José Arrese Erausquin para ejecutar obras de cubrimiento y canalización del arroyo Urtxidi […] quedando las obras de cubrimiento realizadas sobre parte del cauce y las del edificio construido sobre el mismo y el terreno natural de la margen derecha, con sujeción a las siguientes condiciones:
Primera.- Las obras se ajustarán al proyecto que sirve de base al expediente, suscrito en San Sebastián en enero de 1969 […]
[…]
Quinta.- La inspección y vigilancia de las obras, tanto durante la construcción como durante la explotación, quedarán a cargo de la Comisaría de Aguas del Norte de España siendo de cuenta del concesionario las remuneraciones y los gastos que por dichos conceptos se originen, con sujeción a las disposiciones que le sean aplicables y en especial al decreto número 140 de cuatro de febrero de 1960, debiendo darse cuenta a dicho Organismo del principio de los trabajos. Una vez terminados y previo aviso del concesionario, se procederá por el Comisario Jefe de Aguas o Ingeniero del Servicio en quien delegue, levantándose acta en la que conste el cumplimiento de estas condiciones, el resultado de las pruebas efectuadas, los nombres de los productores españoles que hayan suministrado los materiales empleados y la extensión de la superficie en terrenos de dominio público, expresada en metros cuadrados, sin que pueda hacerse uso de estas obras en tanto no sea aprobada el acta por la Dirección General.
Sexta.- Se concede esta autorización dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero, quedando el concesionario a demoler o modificar parte de las obras cuando la Administración lo ordene por interés general, sin derecho a indemnización alguna.
Séptima.- El concesionario será responsable de cuantos daños puedan ocasionarse a intereses públicos, como consecuencia de las obras autorizadas, quedando obligado a su indemnización.
[…]
Novena.- Ninguna planta o habitación del edificio construido sobre parte del cauce o sobre el terreno la margen derecha, cuya construcción se legaliza, podrá ser dedicada a viviendas, pudiendo ser sólo utilizado como dependencias del bar que existe en el mismo. Dicho edificio no podrá ser objeto de enajenación, cesión o permuta sin la previa aprobación del correspondiente expediente ante el Ministerio de Obras Públicas, y en su inscripción registral se hará constar que está construido sobre terrenos de dominio público que en todo momento conservan su carácter demanial.
Diez.- Queda sujeta esta autorización al cumplimiento de las disposiciones vigentes o que se dicten en lo sucesivo, relativas a la Industria Nacional, Contrato y Accidentes de Trabajo y demás de carácter social, administrativo ofiscal.
[…]
Trece.- El concesionario conservará las obras en perfecto estado y procederá sistemáticamente a la limpieza del cauce cubierto para mantener su capacidad de desagüe y evitar encharcamientos.
[…]
Quince.- El concesionario habrá de satisfacer, en concepto de canon por ocupación de terrenos en dominio público a tenor de lo establecido por el Decreto número 134 de 4 de febrero de 1960, la cantidad de cinco pesetas por año y metro cuadrado de la superficie ocupada en terrenos de dicho dominio, pudiendo ser revisado este canon anualmente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º de la citada disposición.
Dieciséis.- Los depósitos constituido quedarán como fianza a responder del cumplimiento de estas disposiciones y serán devueltos después de ser aprobada el acta de reconocimiento final de las obras.
Diecisiete.- Esta autorización se otorga por un plazo máximo de noventa y nueve años y la Administración se reserva la facultad de revocarla cuando lo considere conveniente, por motivos de interés público, sin derecho a ninguna indemnización por parte del concesionario.
Dieciocho.- Caducará esta autorización por incumplimiento de cualquiera de estas condiciones y en los casos previstos en las disposiciones vigentes, declarándose la caducidad según los trámites señalados en la Ley y Reglamento de Obras Públicas.
Lo que se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Madrid, 10 de enero de 1975.- El Director general, P. D. el Comisario central de Aguas, José María Gil Egea.”


(véase texto completo de la Resolución 4047)

2005-09-07

Zubimusu: Urtxubiko ubidearen estaltzea

Zubimusu
Zubimusu. 1953 urte aurretik egindako lanak; Iturritzarako zubia, ondoren; Arreseren horma, azkenik.
Ez dugu obra hauei buruzko inongo xehetasunik, ez administrazio emankida eskaerarik egon ote zen ubidearen ihardukirako eta manupe publikoaren norbanako hustiapenerako.; ahozko adierazpenak soilik non inolako baimenik gabe egindako lanak izan ziren.
Obra hauen ondorioz egin zen Zubimusu etxearen gehigarria. Honek 6,5 m.luze eta 6 m zabal ditu errekaren gainean eta erdialdean 4 euskarrik eusten diotela, hauetako bakoitzak 20 eta 27 zmko zabalera dute.

Arrese: invasión y cubrición de cauce, y modificación de márgenes

Arrese
Reedificación del Arrese.
Estas intervenciones sobre el cauce se han realizado durante varios años (1955-1975) y en diferentes etapas. Hoy conforman el uso privativo del dominio público, por parte de los propietarios de casa Arrese, en una extensión aproximada de 154 m2.
1.- Invasión y cubrición parcial del cauce (1955-1968)
- 1955.07.29, presentación para su aprobación de autorización de obra: "apoyo continuo sobre lecho de río para sustento de obra a realizar":
- proyecto de apoyo sobre 11 m. que en la realidad serán 14 m.
- 1956.09.11, presentación de acta notarial con mediciones sobre las obras que dan fe de las ilegalidades cometidas hasta la fecha, ante la DIVISION HIDRÁULICA DEL NORTE DE ESPAÑA, Delegación de Guipúzcoa.
- 1959.10.30, resolución, nº 12.501, dictada por la Dirección de SERVICIOS HIDRÁULICOS DEL NORTE DE ESPAÑA, que multa con 500.- Pts. la realización de obras sin la correspondiente autorización administrativa y obliga a reforzar el muro de la ribera contraria.
- 1960.01, denegación de solicitud para autorizar la construcción de almacén cubierto sobre el cauce que forma parte del proyecto presentado para concesión de uso privativo de bien público.
- 1966.10, denegación de una nueva solicitud para prolongar la cubrición del cauce otros 5,23 m. aguas abajo.
- 1967.10.01, ante la COMISARÍA DE AGUAS DEL NORTE DE ESPAÑA, Zona oriental, denuncia de obras realizadas sobre el anterior proyecto en 1964 (alargamiento del muro en 2 m. más), y en 1967, sin autorización ninguna.
- 1968.10.23, resolución, nº 7301, de la COMISARÍA DE AGUAS DEL NORTE DE ESPAÑA - Oviedo por la que se multa con 500.- Ptas. las ilegalidades cometidas y se ordena que en plazo de tres meses se presente proyecto en el que figure la totalidad de las obras, detallando separadamente las ya ejecutadas y las proyectadas.
2.- Cubrición parcial y canalización (1969-1975).
- 1969.01, presentación de proyecto base, apertura de expediente de autorización de concesión administrativa para cubrición parcial y canalización del arroyo Urtsubi.
- 1972.05.02, suspensión de la tramitación de la concesión solicitada por ocupación de terrenos en la margen derecha superior a la convenida.
- 1974.09.07, COMISARÍA CENTRAL DE AGUAS PÚBLICAS, Expte. 29054, E-4º-1295, comunicación de la autorización para la realización de obras y de las condiciones que la harán posible.
- 1974.01.09, por parte de la COMISARÍA DE AGUAS DEL NORTE DE ESPAÑA apremio al solicitante para dar su conformidad en un plazo de 30 días a las condiciones que harán posible la concesión.
- 1974.03.13, por la COMISARÍA DE AGUAS DEL NORTE DE ESPAÑA - Oviedo, denegación de solicitud para construcción de vivienda sobre el cauce.

- 1975.03.05, por parte de la COMISARÍA DE AGUAS DEL NORTE DE ESPAÑA, comunicación de la concesión (condicionada a la presentación del acta final y a la cuantificación del canon por uso privativo de dominio público) e insistencia en la pertinencia de varias condiciones: [1]
- 1975.05.10, por parte del AYUNTAMIENTO de ZALDIBIA, denegación de solicitud de aislamiento de solera sobre el cauce, para uso privativo con destino a almacén.
-1975.10.10, publicación de la resolución 4.047, de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS HIDRAÚLICAS, de fecha de 1975.10.10, (B.O.E. del 25 de febrero de 1975) sobre concesión de uso privativo de dominio público hidraúlico a favor de José María Arrese Erausquin en el arroyo Urtxubi, término municipal de Zaldibia - Gipuzkoa,
- 1997.08.27, Solicitud de certificado sobre incidencias del cumplimiento de la condición 15ª, referente a pago de canon por ocupación de dominio público hidráulico, dirigida a CHN-Oviedo.

Los documentos que hemos mencionado han sido obtenidos del Registro de Aguas del Servicio Territorial de Aguas de Guipúzcoa, del archivo particular, así como de correspondencia mantenida con instituciones competentes.
Por supuesto, sería de interés para defender mejor el dominio público corregir o completar la serie de documentos. Agradeceríamos para su publicación documentos escaneados que podéis enviar a OtsoaArzai@gmail.com



[1] Condiciones: Condición 8ª.- en la que queda claro que "en ningún caso se podrá enajenar, permutar o ser objeto de inscripción registral el terreno de dominio público". Condición 15ª.- por la que se fija la necesidad de pagar un canon, revisable anualmente, por metro cuadrado de concesión de uso privativo de dominio público hidráulico. Condición 17ª.- en la que la “Administración se reserva la facultad de revocarla (esta autorización) cuando lo considere conveniente, por motivos de interés público, sin derecho a ninguna indemnización a favor del concesionario”

Mariaundi, ibai gainean

Krokis
El croquis refleja la situación del cauce del Urtxubi anterior al año 1969 en el que se inicia la apertura de expediente para solicitud de cubrición del cauce para uso privativo (terraza Arrese).

Cubrición del cauce en el arroyo Urtxubi
De todos es sabido que en fechas de 26 de agosto de 1983, como en la mayor parte de la Cuenca del Oria, en Zaldibia se sufre una gran inundación, particularmente agravada por la crecida de aguas del río Amundarain así como por las partes del cauce del Urtxubi cubiertas: en Mariaundi, con la dificultad de un trazado en ángulo de 90 grados; en Zubimusu, con columnas apoyadas en el curso del arroyo; y en Arrese, con muro corrido de 15 metros. Estos puntos conflictivos provocarán que troncos y ramas atravesados eleven la lámina de agua en el Urtxubi.
Esta inundación afecta a los edificios lindantes del cauce, en Iturritza en particular: aguas y lodos hasta casi el primer piso, destrucción de márgenes y arrastre de la tierra de la huerta.
Después de muchas negociaciones, ya en los años 1985-1988, Ayuntamiento, Dirección de Carreteras y Dirección de Aguas intervendrán sobre el cauce para corregir los efectos de las inundaciones. Para ello, parten de un estudio previo del Ayuntamiento cuya aplicación supondrá un presupuesto superior a 8 millones de pesetas invertidas en:
- reconstrucción de muro de ribera
- encauzamiento nuevo del Urtxubi: Mariaundi, construida parte sobre el dominio público hidraúlico, queda segregada de la zona de influencia del arroyo.
- Construcción de un nuevo pontón para dar servicio a la carretera Ordizia-Alegia.
Consecuencias de esta intervención se consolida Mariaundi, conocida más recientemente con el nombre Ibaigain, nombre muy acertado porque refleja literalmente la situación: una edificación construida sobre dominio público hidráulico. A este respecto hay que puntualizar que esta intervención, u otras posteriores, no privan de su estatus de dominio público al solar sobre el que está construida la edificación ya que este es por definición inalienable e imprescriptible: en ningún caso se podrá enajenar, permutar o ser objeto de inscripción registral el terreno de dominio público.
De esta intervención podemos obtener una enseñanza para el futuro: algunas decisiones de la administración, primera responsable a la hora de defender el bien público, pueden convertirse en instrumentos para consolidar ocupaciones de terrenos públicos. No sabemos si ilegales o alegales, pero irregulares, en cualquier caso. Zaldibian, otsoa artzai.

Eskribau: ubide baten berreskuratzearen adibidea,

Eskribau
Eskribauko esparrua
Eskribauko birmoldaketak ubidea berreskuratzea lortu du bertan zeuden bi zutabeak kentzearekin.
Puntu honetan, Eskribauko urbanizazio berriaren proiektuaren aurrean Administrazioaren esku hartzeak ubidearen berreskuratzea (ubidea askatzea eta errekaren muga naturalak errespetaraztea) ahalbideratu zuen.

2005-09-04

Ahanzturaren kontra

Urtxubi54
Zaldibian, 1954, Urtxubi errekaren egoera.

Ahanzturaren kontra: 1983. arteko egoeraren deskribapena.
Urtxubi errekak Amundarain ibaiarekin egiten du bat. Eta puntu hau aintzat hartu eta hortik gorako urak irizpide direlarik, gune guzti hau deskribatuko dugu manupe publikoaren aldarrikapena hobeto ulertzeko delakoan. Kasu gutxi egongo dira ehun metrotan jabetza hidrauliko publikoari hainbeste eraso egin dutenik!
1.- 23 metroz bideratutako zatia:
  • Eskribaun, eta erreka gainean, burdinazko bi zutabek eutsitako estalia.
2.- 17 metroz estali-itxitako uharka, bi zatitan banatuta:
  • 5,5 metroko zubia eta Santa Fe Kaleko trafikoa jasotzen duena
  • 11,5 manupe edo jabetza publikoko 11,5 metro, estaldura honen gainean Mariaundi Etxea dago.
3.- Irekita dagoen 14 metroko zatia
4.- 36 metro estaliak, bi zati desberdinetan banatuta:
  • 20 metro, Arrese etxeari dagokiona, eta bertan ubidea zeharka bi zatitan banatuta aurkitzen da 15 metrotan:

  • 3 metro zabalean ubidearen inbasioa: Arresen berrerainkuntza Urtxubi errekaren gainean egina dago.
  • Beste 4 metro zabalean eta aurreko inboasioari gehituta, terraza bilakatu den zatia, hain zuzen.

  • 5 metro estaldura
  • 5,5 metro dituen zubia, Iturritza Etxerako sarbidea dena.
  • 6,5 metro ubide gainean Zubimusu Etxeari lotutako gehigarria.
Urtxubi erreka beste izen batzuekin ere ezaguna da, hala nola, Zaldivia, Urtsuerreka, Urtxidi. Deitura hauen batasun ezak zaildu du argibide gehiago aurkitzea.
Ahanzturaren aurka eta denon ondarea dena hobeto defendatzeko modu bat izan daiteke toki izenak bildu eta aztertzearena. Horretarako ezin aproposagoa artxiboak miatu eta gura aiton-amonei galdetzea.




Urtxubi97
Zaldibian, 1997, Urtxubi errekaren egoera.

2005-09-01

Agurra

artzainak

Zaldibian, otsoa artzai erraminta bat izan nahi du danona eta inorena ez dena defendatzeko. Helburu horri atsekita, izena jartzea pentsatu genuenean, zerbait adierazkorra izatea nahi genuen: gure senideen memorian denok badugu horren adierazleren bat... lapurtu, barreiatu eta sarraskitzeko asmotan otsoa agertzen zen istorioren bat.

Hori bera, Aralarren gertatu ordez, kalean gertatzen ari da; aspaldikoa izan bazen ere, gaurkoa ere bada, baina ezagutu egin behar. Eta hauxe da gure xedea, zuei dakiguna eta ezagutu duguna kontatzea. Hau dela eta, zenbait datu eta zenbait hausnarketa zeuei, zaldibitar petoei, eskeintzea erabaki dugu.

Zenbait adierazpen euskaraz eginak izango dira; besteak, berriz, gaztelaniaz. Bietan asmo bera: danona eta inorena ez dena defendatzea, alegia.

Helburu honetan parte hartu nahi baduzu, zure dokumentuak, frogak, iradokizunak helbide elektroniko honetara bidaltzea nahikoa duzu:

OtsoaArtzai@gmail.com